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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293643
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 649
PENA, ARBITRIO JUDICIAL EN LA IMPOSICION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 649
Cuando las circunstancias de ejecución del delito y las personales del acusado, llevan a estimar que éste posee un grado medio de peligrosidad, es lógico que se le sancione con el término medio de las penas autorizadas por la ley y, en consecuencia, la sentencia que así lo haga no puede entrañar imprudente uso del arbitrio que conceden los artículos 51 y 51 del Código Penal Federal.
Precedentes
Amparo directo 3554/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 22 de junio de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.