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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293649
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 659
PRUEBA PRESUNTIVA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 659
Para que la prueba presuntiva sea plena, se necesita que existan cuando menos dos indicios que tengan entre sí un enlace natural más o menos necesario, que produzcan en el ánimo del Juzgador la convicción de la culpabilidad del acusado, y se necesita, además, que cada indicio esté plenamente probado.
Precedentes
Amparo directo 4605/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 25 de junio de 1956. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.