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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293663
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 63
DROGAS ENERVANTES, POSESION DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 63
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 524 y 525 del Código Federal de Procedimientos Penales, cuando la compra o posesión de enervantes tiene por finalidad exclusiva el uso personal por parte del inculpado, no será sancionado éste, sino puesto a disposición de los Servicios de Salubridad y Asistencia, "siempre que el diagnóstico que se haga por la autoridad sanitaria indique que se trata de un toxicómano". En consecuencia, para que el juzgador pueda declarar la irresponsabilidad del acusado, no basta la aseveración de que la compra y posesión del enervante obedeció al imperativo de una necesidad patológica; porque la ley exige que esa declaración se encuentre respaldada por un diagnóstico proveniente del Departamento de Salubridad Pública, sus delegados, o cualquier otro perito médico oficial en que se diga que se trata de un toxicómano. De ahí que si del diagnóstico aparece que el inculpado no es toxicómano, el juzgador no puede menos que declararlo responsable de delito contra la salud, cualquiera que haya sido la cantidad de enervante, encontrada en su poder, sin consideración a que la mariguana recogida el reo sea en cantidad tan pequeña que no resulte ilógica la calificativa, porque la ley mencionada la destruye, cuando el diagnóstico niega los signos de la toxicomanía.
Precedentes
Amparo directo 967/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 7 de enero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.