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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293679
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 687
PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER, FACULTAD DEL JUEZ PARA EL DESAHOGO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 687
Tratándose de un medio de prueba cuyo desahogo se ordena para mejor proveer, esto es, de un instrumento demostrativo que depende de que la autoridad juzgadora desee hacer uso de la facultad que la ley le confiere al respeto, se sigue con claridad que, tratándose de una mera facultad del Juez, no de una obligación, queda a su criterio la determinación de si la prueba se desahoga o no se desahoga; con tanta mayor razón cuanto si de autos aparece causas sobrevenidas que lo llevaron al pronunciamiento de la sentencia con la práctica de la repetida prueba.
Precedentes
Amparo directo 821/53. Antonio Rodríguez Dacal. 20 de febrero de 1956. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.