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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293691
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 84
INFORMACION AD PERPETUAM, SIGNIFICACION PROBATORIA EN UN PROCESO PENAL QUE ALCANZAN LAS DILIGENCIAS DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 84
No se pueden tener como prueba plena sobre la posesión de un predio por la ofendida en un delito de despojo, las diligencias de información ad perpetuam que ella promovió unos meses antes de su denuncia, si aparece que el acusado no intervino en ellas y los testigos que ahí declararon no comparecieron al proceso penal para que, enfrentados a la versión opuesta del reo que a su vez se atribuye la posesión del inmueble desde varios años atrás, hicieran las manifestaciones que estimaran pertinentes y quedaran en situación de ser interrogados por el Juez, por el mismo inculpado o por su defensor; todo lo cual obliga a tenerla como una información que no satisface todos los requisitos formales exigidos por la ley del procedimiento para el desahogo de la prueba testimonial.
Precedentes
Amparo directo 572/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 de enero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.