Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/293695
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293695
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 86
DAÑO EN PROPIEDAD AJENA Y LESIONES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 86
Si el conductor de un camión desvía éste sobre su izquierda sin esperar que pase otro vehículo que se aproxima para rebasarlo y cuyo chofer no pudo apreciar la señal de aquél por impedirle visibilidad el cargamento del mismo camión, no es violatoria de garantías la sentencia que declara culposa su conducta y estima constitutiva de aquellos delitos, respectivamente, las heridas que sufren unas personas y las damnificaciones que resultan a los transportes, todo ello consecuencia del choque ocurrido entre estos.
Precedentes
Amparo directo 4475/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 de enero de 1956. Cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.