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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293700
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 168
TESTIGOS DE DESCARGO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 168
Debe desecharlos el juzgador en uso de la facultad que le concede la ley y expresando al efecto la razón de ello, si dichos testigos fueron presentados muchos meses después de los hechos, y si en las primeras declaraciones de autos no se hace mención alguna de los mismos, pues en estas circunstancias, ello hace pensar que tales testigos fueron preparados por la defensa.
Precedentes
Amparo directo 3959/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de enero de 1956. Cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.