Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/293725
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293725
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 253
RIÑA Y LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 253
Bien sabido es que esta excluyente, es incompatible con la circunstancia modificativa de riña; ya que en ésta concurren dos agresiones igualmente ilícitas por parte de los contendientes y aun cuando la materialidad de las acciones que despliegan uno y otro de los adversarios es semejante a la que se realiza cuando el imputado priva de la vida a su agresor, concurriendo la excluyente de legítima defensa, lo cierto es que existe una diferencia en cuanto al elemento subjetivo que determina tales acciones, ya que en ésta quien causa el daño es agredido sin derecho por la víctima y por tanto la objetividad de la violencia a que recurre, no es agresión sino rechazo.
Precedentes
Amparo directo 3102/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 20 de enero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.