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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293727
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 254
VIOLACION, ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 254
El delito de violación que describe el artículo 266 reformado del Código Penal del Estado de Chiapas, tiene como constitutivas las siguientes: 1o. Cópula, entendida ésta como una forma de ayuntamiento o conjunción sexual, con eyaculación o sin ella; contiene en otras hipótesis: a) la que se realiza de hombre a mujer por vía normal y b) la que se realiza de hombre a mujer por vía contra natura. 2do. Empleo de violencia física o moral, ya sea que se empleen acciones contra el cuerpo de la parte ofendida que anule su resistencia, o aquella que amenace la fama, reputación o interés de la mujer que trata de violar y que implica una coacción del ánimo de ésta.
Precedentes
Amparo directo 6418/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 20 de enero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.