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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293735
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 267
LEGITIMA DEFENSA (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 267
La evitabilidad aludida en el segundo apartado de la fracción III del artículo 11 del Código Penal, para que opaque o destruya la causa de justificación del epígrafe, debe contener el elemento fácil, y no tiene tal característica, cuando es a condición de abdicar de la dignidad humana y de la libertad; pues, es lógico que no deba interpretarse la ley fomentando el pistolerismo y el tipo de perdonavidas, pero tampoco cabe ir al extremo opuesto haciendo la apología de la pusilanimidad y la cobardía como proselitismo absurdo de consecuencias fatales.
Precedentes
Amparo directo 1385/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de enero de 1956. Cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.