Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/293738
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293738
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 268
JUEZ INCOMPETENTE, VALOR DE LAS PRIMERAS DILIGENCIAS PRACTICADAS POR (LEGISLACION DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 268
La confesión de un menor no es nula por haber sido hecho ante Juez incompetente, y la formal prisión no adolece del mismo vicio por tener como base aquella diligencia, pues el artículo, 449 del Código de Procedimientos Penales otorga potestad al Juez de las primeras diligencias para dictar hasta el mandamiento de prisión preventiva aunque después no resulte competente; y el artículo 472 ibid, declara la validez y firmeza de las primeras diligencias aun practicadas por Juez incompetente.
Precedentes
Amparo directo 858/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de enero de 1956. Cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.