Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/293740
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293740
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 268
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 268
Debe otorgarse dicho beneficio al acusado, si los ingresos anteriores a prisión, son de hechos relacionados con un solo proceso, habiéndosele absuelto del delito principal y condenado en el delito accesorio que dio origen al juicio de garantías, pues a mayor abundamiento, el simple ingreso a prisión no justifica la mala conducta.
Precedentes
Amparo directo 1020/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de enero de 1956. Mayoría de tres votos. Ponente: Luis Chico Goerne.