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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293742
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 269
ENCUBRIMIENTO, POR ROBO COMETIDO EN EL EXTRANJERO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 269
Si el acusado no tomó las precauciones necesarias para asegurarse de que el vendedor podía disponer legalmente de un automóvil que a la postre resultó robado en los Estados Unidos de Norteamérica, y ni siquiera exhibió la correspondiente factura que indispensablemente debió haberse extendido, tratándose de la venta de un automóvil; y además, confesó haber mandado borrar el número del motor para hacerlo substituir por otro que concordara con el de la tarjeta de circulación, a pretexto de que "se le quebró" el motor que tenía el coche, hecho que no justificó, se surten las prevenciones contenidas en el artículo 400 fracción II del Código Penal Federal, ya que únicamente bastaría la ausencia del título de propiedad, o sea la factura tratándose de un automóvil, para tener por inobservadas las prevenciones del precepto citado.
Precedentes
Amparo directo 1020/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de enero de 1956. Mayoría de tres votos. Ponente: Luis Chico Goerne.