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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293756
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 301
COPARTICIPE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 301
La actividad desplegada por el acusado al detener a la víctima para que el coacusado lo lesionara, constituye una cooperación eficiente para que se produjera el resultado lesivo, de donde se sigue, que la conducta desaprobada del inculpado, en orden a la relevancia causal, debe estimarse de acuerdo con la teoría de la culpabilidad como una de las condiciones del resultado, toda vez que equivalencia causal supone al mismo tiempo igualdad valorativa jurídica, dadas las diversas formas de participación en el delito.
Precedentes
Amparo directo 612/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 26 de enero de 1956. Cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.