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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293759
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 302
HOMICIDIO DE LA AMASIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 302
Si el acusado que da muerte a su amasia afirma haber actuado al sorprender a la mujer en un acto de infidelidad sexual con otro hombre, y bajo esa explicación pretende que se le debe aplicar la pena atenuada establecida por el artículo 310 del Código Penal Federal y no la correspondiente al homicidio simple, sin necesidad de estudiar si aquel precepto admite una interpretación extensiva para abarcar el homicidio entre amasios y no solamente el homicidio entre cónyuges, los conceptos de violación se deben declarar infundados, si en autos no aparecen constancias que justifiquen el acto de infidelidad y por el contrario hay el dicho de una vecina que atestigua la vida honesta de la mujer victimada.
Precedentes
Amparo directo 2266/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 26 de enero de 1956. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.