Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/293779
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293779
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 316
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 316
No es posible tener en cuenta dicha excluyente, si no se comprueba debidamente en autos, y menos aún si en contra existe el dicho del ofendido, porque en tal caso se encuentran equilibradas y contradichas las presunciones derivadas de las declaraciones de los protagonistas, por ausencia de otros datos; y es motivo para presumir la culpabilidad del acusado, el que se haya sustraído por algún tiempo a la acción de la justicia, y no se hubiera presentado a las autoridades para demostrar con medios pertinentes que obró en legítima defensa.
Precedentes
Amparo directo 4356/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de enero de 1956. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.