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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293780
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 317
ROBO, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE (LEGISLACION DEL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 317
Para justificar el cuerpo del delito de robo no es necesario que se dé fe judicial del objeto robado ni que se haga el avalúo del mismo, dado que el Código de Procedimientos Penales vigente de el Distrito y Territorios Federales, establece en su artículo 115 los medios para justificar el cuerpo de dicho delito y en su fracción II fija la confesión del acusado aun cuando se ignore quien sea el dueño de la cosa materia del delito, diciendo que las pruebas serán preferidas en el orden numérico en que están colocadas, por lo que existiendo la confesión del acusado de haber cometido el robo, queda justificado el cuerpo de ese delito, aunque no se haya dado fe judicial del objeto robado ni se haya hecho el avalúo del mismo.
Precedentes
Amparo directo 404/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de enero de 1956. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
Nota: En el Informe de Labores de 1956, Primera Sala, página 37, esta tesis aparece publicada bajo el rubro: "DELITO DE ROBO."