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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293782
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 317
DESPOJO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 317
No se configura la existencia del delito de despojo, si el acusado ocupa un terreno de su propiedad que se encuentra embargado, sin haber obtenido autorización judicial para ocuparlo, ni el consentimiento de los interesados, que en el caso lo sería el depositario judicial; a menos que se haya valido de la violencia física o moral, o lo haga furtivamente o empleando amenazas o engaños.
Precedentes
Amparo directo 2709/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de enero de 1956. Mayoría de tres votos. Ponente: Luis Chico Goerne.