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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293789
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 349
RIÑA E IMPRUDENCIA (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 349
La modalidad de riña descarta la imprudencialidad de la infracción cometida, en vista de la presunción a que se contrae la fracción II del artículo 9 del Código de Defensa Social, toda vez que el daño que resultó fue consecuencia necesaria y notoria de las acciones que efectúe el acusado.
Precedentes
Amparo directo 2365/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 1o. de febrero de 1956. Cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.