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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293813
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 430
DUDA, CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 430
Si el juzgador no se encontró sin saber qué decidir con respecto a la responsabilidad del acusado, sino que por el contrario, se pronunció por la condena con seguridad y firmeza, esto deja sin lugar la aplicación de preceptos rectores de aquel estado subjetivo de conciencia denominada duda.
Precedentes
Amparo directo 760/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 6 de febrero de 1956. 6 de febrero de 1954. Cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.