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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293818
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 471
ASALTO, DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 471
En el Estado de Tamaulipas, de conformidad con el artículo 276 del Código Penal es responsable del delito de asalto el que haga uso de violencia sobre una persona con el propósito de causar un mal, obtener un lucro o de exigir su asentamiento para cualquier fin y cualesquiera que sean los medios y el grado de violencia que se emplee, e independientemente de cualquier hecho delictuoso que resulte cometido, y se le castigará con prisión de dos a seis años. Como se observa, a diferencia de otras legislaciones, el delito de asalto en Tamaulipas no requiere que se verifique en despoblado o en paraje solitario, sino basta el uso de la violencia sobre una persona con los fines indicados.
Precedentes
Amparo directo 5029/55. Por acuerdo de la Primera Sala de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de febrero de 1956. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.