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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293829
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 536
PRIMERA DECLARACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 536
La primera declaración debe tomarse en cuenta por encima de la que se rindió en segundo término, ya que las primeras deposiciones son las más dignas de crédito por su cercanía con los hechos que hace presumir la espontaneidad del declarante y la ausencia de un consejo o una meditación para variar la verdad de los hechos.
Precedentes
Amparo directo 5105/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de febrero de 1956. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.