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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293831
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 591
CONFESION ANTE EL MINISTERIO PUBLICO, VALIDEZ DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 591
La detención ilegal llevada al cabo por los agentes del Servicio Secreto no da lugar a considerar que la confesión producida por el acusado ante el personal del Ministerio Público investigador haya sido hecha hallándose el confidente bajo coacción, si en dicha diligencia no intervinieron los repetidos agentes y además el acusado dijo entonces que declaraba ya sin ninguna presión y buscando alcanzar benignidad de su Juez.
Precedentes
Amparo directo 1091/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 11 de febrero de 1956. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.