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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293832
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 591
FALSIFICACION DE SELLOS OFICIALES, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 591
La versión de los acusados acerca de que ignoraban que el sello que falsificaron correspondiera a una secretaría de Estado, es inadmisible, si en el propio sello aparecían las iniciales de esa secretaría, por lo que se impone concluir que al declararles responsables del delito de falsificación de sello oficial en calidad de coautores, se hizo correcta aplicación del artículo 241, fracción I, del Código Penal Federal.
Precedentes
Amparo directo 5184/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 11 de febrero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.