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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293862
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 700
PERITOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 700
La circunstancia de que uno de los peritos médicos desempeñe un cargo oficial y el otro sea particular, no resta eficacia a la prueba, si ambos fueron designados por el Juez; y menos aún si sus respectivos dictámenes coinciden y versan sobre materia relacionada con su profesión, como declarar si el delito dejó huellas en la persona de la víctima, y la naturaleza de tales huellas.
Precedentes
Amparo directo 5050/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 24 de febrero de 1956. Cinco votos. La votación no menciona el nombre del ponente.