Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/293881
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293881
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 717
RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 717
Para determinar si se está en presencia de esta modificativa hay que atender no sólo al momento culminante de los hechos, sino que también a los antecedentes, disposición anímica o deseo de continuar la contienda, un estado de animosidad que induce a los protagonistas a colocarse en un plan de ilicitud para causarse daño recíproco, motivado por diferencias existentes momentos antes y que revelan precisamente la perduración de ese ánimo rijoso, por más que en el momento final, o culminante no haya intercambio de golpes.
Precedentes
Amparo directo 2893/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 27 de febrero de 1956. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.