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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293884
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 718
DECLARACIONES PRIMERAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 718
Las primeras declaraciones son las que deben presumirse veraces por su cercanía con los hechos, y para aceptar una retractación o modificación de aquéllas, es necesario que se aduzca un motivo o causa fundados y que éstos se demuestren.
Precedentes
Amparo directo 4259/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 27 de febrero de 1956. Mayoría de tres votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.