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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
293885
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 747

VIOLACIONES SUSTANCIALES COMETIDAS DURANTE LA SECUELA DEL PROCEDIMIENTO, CASO EN QUE LA SUPREMA CORTE ES COMPETENTE PARA CONOCER DEL AMPARO POR.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 747

Precedentes

Amparo directo 886/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 1º de marzo de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.
Registro digital (IUS): 293885