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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293889
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 750
HOMICIDIO COMETIDO EN RIÑA (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 750
Si de la declaración del inculpado, que no se encuentra desvirtuada en actuaciones, se arriba al conocimiento de que su acción al herir al occiso, fue la respuesta al reto significado por la expresión verbal de éste y el ademán agresivo que el mismo sujeto realizó al llevar la mano a la cintura en plan de sacar un arma, ese ademán constituye por sí mismo un principio de ataque y por lo consiguiente se configuró la contienda de obra que el artículo 265 del Código Penal de Guanajuato atiende como circunstancia que motiva una menor pena en tratándose del delito de homicidio.
Precedentes
Amparo directo 1645/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 1o. de marzo de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.