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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293914
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 835
RIÑA, EXCLUYE LA LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 835
Es criterio de esta Primera Sala de la Corte, que la riña y la legítima defensa, son situaciones jurídicamente incompatibles, pues mientras en aquélla la conducta de los contendientes implica la conciencia de estar violando el orden jurídico, en ésta la objetividad de la violencia por parte del que se defiende no es agresión, sino rechazo. Consecuentemente, el fallo que así lo establece, no es violatorio de garantías constitucionales.
Precedentes
Amparo directo 3775/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de marzo de 1956. Cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.