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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293935
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 935
SUSPENSION PROVISIONAL. EFECTOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 935
La suspensión provisional tiene como uno de sus efectos el mandar recabar los informes del caso, para determinar la existencia del acto reclamado y resolver lo conducente sobre la suspensión definitiva.
Precedentes
Amparo directo 6593/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 15 de marzo de 1956. Mayoría de tres votos. Disidentes: Genaro Ruiz de Chávez y Agustín Mercado Alarcón. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.