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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293969
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 1046
OBRAR EN CUMPLIMIENTO DE UN DEBER, EXIMENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 1046
El cumplimiento de un deber implica la realización de un conducta expresamente ordenada por la ley en tanto que el ejercicio de un derecho ampara la acción concretamente autorizada; de manera que se requiere norma expresa que exija o autorice la conducta, y no puede decirse que se actúe en cumplimiento de un deber cuando se ha violado la orden que impone la abstención.
Precedentes
Amparo directo 3176/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 27 de marzo de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.