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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294002
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 405
CHOQUE DE TRENES, DETERMINACION DE LA HORA DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 405
Ante versiones contradictorias que con relación a la hora de hechos sostienen, respectivamente, los conductores y los maquinistas de los trenes que chocaron, tratando cada parte de establecer que su convoy corría dentro del tiempo amparado por la orden del despachador, debe tenerse como veraz aquella que, no estando contradicha por indicio alguno, se encuentra apoyada por otros elementos.
Precedentes
Amparo directo 1966/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de noviembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.