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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294040
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 85
FRAUDE Y FALSIFICACION, ACUMULACION DE LAS PENAS CORRESPONDIENTES A LOS DELITOS DE (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 85
Se cometió el delito de fraude y se obtuvo un lucro indebido con la falsificación de unos documentos, si el falsario se propuso sacar provecho para sí y pudo resultar perjuicio a particulares; y si, además, el acusado hizo uso de los documentos falsos, fue procedente acumular a la pena por la falsificación, la que corresponde por el fraude, de acuerdo con el artículo 225 del Código Penal de Jalisco.
Precedentes
Amparo penal directo 3744/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Relator: Rodolfo Chávez Sánchez.