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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294051
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 220
ABUSO DE CONFIANZA, DELITO DE (CONFLICTO SOBRE LA PROPIEDAD).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 220
Estando constituido el delito de abuso de confianza por la concurrencia de cuatro elementos, a saber: a) disposición de la cosa, para si o para otro; b) que ésta consista en dinero, billetes, documentos o cualquiera otra cosa mueble; c) que se produzca daño en el patrimonio de la víctima; y d) que el agente de la infracción haya recibido la tenencia a virtud de acto o contrato que no le transfiera el dominio; cuando falta uno de ellos, como acontece cuando el dominio de la cosa no se encuentra perfectamente definido ni en favor del querellante, ni en el del acusado, debe concluirse que no se ha comprobado legalmente el cuerpo del delito base de todo proceso, pues el conflicto sobre propiedad no es materia de resolución por parte del Juez Penal.
Precedentes
Amparo penal directo 6159/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 7 de julio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.