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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294083
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 543
DESPOJO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 543
Si el acusado del delito de despojo compró un puesto establecido en un mercado, y al no obtener del vendedor la posesión del mismo, penetró a él subrepticiamente y de propia autoridad, indudablemente consumo una acción antijurídica, pero no de carácter penal, por no ser ese puesto un bien inmueble, sino de carácter civil, toda vez que tuvo expedita la vía de éste orden para lograr la desocupación del local.
Precedentes
Amparo penal directo 548/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de julio de 1955. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Chico Goerne. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.