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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294164
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1197
PARTICIPACION DELICTUOSA Y ENCUBRIMIENTO (CONTRABANDO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1197
Si el acusado prestó cooperación en la comisión del contrabando, pues auxilió en la guarda de mercancías extranjeras a sabiendas de que no habían cubierto impuestos y más, aún, estuvo anuente en la conducción de las mismas, no cabe hablar de encubrimiento sino de coparticipación, en los términos del artículo 13 del Código Penal.
Precedentes
Amparo penal directo 211/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 6 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.