Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/294167
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294167
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1203
ROBO, MONTO DEL (AVALUO PERICIAL).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1203
No es indispensable, para la determinación del valor de los objetos robados, que éstos se muestren a los peritos, si cuentan con la relación detallada sobre su cantidad y calidad que los encausados mismos proporcionan; y no es necesario, tampoco, que los peritos tengan título oficial en determinada ciencia o arte, si las mercancías de que se trata son de precios corrientes en el mercado.
Precedentes
Amparo penal directo 1898/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de agosto de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.