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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294191
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1422
DISPARO DE ARMA DE FUEGO Y LESIONES LEVES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1422
El disparo de arma de fuego, como delito destacado, no se configura cuando es el medio adecuado para la producción del resultado típico, en aquellos ilícitos en que el disparo determina la producción de lesiones graves y homicidio; pero ello no ocurre cuando las lesiones son tal leves que cobra mayor relevancia la puesta en peligro de bienes jurídicos como lo es la vida del ofendido, a quien el acusado pretendía matar, según quedó demostrado por el hecho de haber disparado éste el segundo tiro cuando aquél estaba caído.
Precedentes
Amparo penal directo 2007/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de agosto de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.