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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294202
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1457
TRIBUNAL SUPERIOR, INTEGRACION DE SUS SALAS PENALES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1457
Si en el toca de apelación, en cierta fecha, figura como integrante de la Sala, un nuevo Magistrado, sin que aparezca constancia alguna que acredite que forma parte de Tribunal Superior de Justicia; que fue llamado a integrar la Sala, por excusa, recusación o cualquier otro impedimento legal del Magistrado, a quien sustituyó, se cometió con ello una violación procesal, en perjuicio del reo.
Precedentes
Amparo penal directo 2261/48. Urquijo Angoytia Estanislao. 10 de febrero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.