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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294270
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2103
PRUEBA TESTIMONIAL (LEGISLACION DE HIDALGO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2103
Conforme al artículo 234 del Código Procesal Penal, la prueba testimonial es insuficiente para justificar la enemistad, toda vez que ésta es fundamentalmente un hecho subjetivo y sólo la persona que la experimente puede tener pleno conocimiento de dicho concepto.
Precedentes
Amparo penal directo 1655/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 septiembre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.