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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294344
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 167
CONTRABANDO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 167
En los términos del artículo 168 del Código Federal de Procedimientos Penales, los elementos constitutivos el cuerpo del delito de contrabando previsto por la fracción I del artículo 242 del Código Fiscal de la Federación, lo son: a) la introducción al país de mercancías extranjeras, y b) que lo anterior se ejecute deliberadamente sin el pago de los impuestos de importación que correspondan.
Precedentes
Amparo penal directo 3238/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de abril de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.