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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294390
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 416
ROBO DE INFANTE, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 416
Es antijurídico pretender que la configuración del delito de robo de infante, requiera el apoderamiento material de la persona, como elemento integrante en el delito de robo de cosa; pues protegiendo la ley derechos distintos, ha consignado en capítulos también diferentes al "robo de infantes" y el "robo de cosa". La fracción V, del artículo 366 del Código Penal tutela no sólo la seguridad e integridad física del menor, sino los vínculos de familia que determinan su estado civil y constituyen su vida afectiva y su ambiente social, protegiendo al mismo tiempo la patria potestad y el derecho de guarda.
Precedentes
Amparo penal directo 1532/52. González Enrique Aurelio. 27 de noviembre de 1952. Unanimidad cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.