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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294407
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 548
CONFESION CALIFICADA DEL ACUSADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 548
Si la afirmación del reo está contradicha con la de un testigo, así como con la imputación del ofendido, a cargo del acusado queda al demostrar su afirmación, y si no aparece elemento probatorio alguno al respecto, su confesión calificada debe ser tomada sólo en la parte que le perjudica.
Precedentes
Amparo penal directo 1583/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de mayo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.