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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294419
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 599
MIEDO GRAVE Y ESTADO DE NECESIDAD, EXCLUYENTES DE (ROBO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 599
La situación descrita por el acusado no se identifica con la excluyente de miedo grave, si sólo señala que fue amenazado por su acreedor con que si no le pagaba la cantidad que le adeudaba, lo acusaría como autor del delito de abuso de confianza, lo que de ningún modo podía justificar que cometiera un delito de robo en agravio de tercero, pues no puede decirse que dicha amenaza originara un miedo grave o un temor fundado o irresistible, que pudiera justificar la conducta delictuosa en que incurrió. Por otra parte, la circunstancia de que haya sido amenazado con la denuncia, no implicaba un estado de necesidad que ameritara la salvación de su persona o de sus bienes, ya que esa amenaza no constituía un peligro real, grave o inminente, de tal manera que para eludirlo fuera necesario que el acusado se decidiera a robar.
Precedentes
Amparo penal directo 5182/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 6 de mayo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.