Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/294434
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294434
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 640
INFIDELIDAD CONYUGAL, SORPRESA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 640
El artículo 310 del Código Penal se refiere al caso en que se encuentra el cónyuge en el acto carnal o próximo a su consumación; sin que sea legal ni lógica la interpretación que se pretenda dar a dicho artículo, de que la mente del legislador no fue que se aplicara literalmente en sus términos, sino que debe entenderse en el sentido de que se tomen en consideración los antecedentes del hecho delictuoso, que lógicamente analizados permitan que el acusado adquiera la convicción de la existencia de la materialidad del acto carnal.
Precedentes
Amparo penal directo 6018/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 9 de mayo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.