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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294438
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 659
RAPTO, DELITO DE (VIOLACION).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 659
No está legalmente acreditado el cuerpo del delito de rapto que se atribuye al reo, si aunque se apoderó de la menor ofendida y la introdujo a un local con el objeto de tener cópula con ella, no lo hizo con la intención de sustraerla de su medio ordinario de vida familiar para llevársela a otro controlado por él, sino que fue el medio idóneo de que se valió para poder cometer el delito de violación.
Precedentes
Amparo penal directo 3769/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 11 de mayo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.