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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294446
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 669
LESIONES, CLASIFICACION DE LAS (CERTIFICADOS MEDICOS EN MATERIA PENAL).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 669
Un certificado médico podrá catalogarse como definitivo, si de su contenido aparecen observaciones técnicas sobre fenómenos fisiológicos o biológicos en general, también definitivos, y con mayor razón si los facultativos que lo suscribieron, además de haber dictaminado unos días después del evento, ratificaron su dictamen al mes y días, sin agregar o modificar la clasificación original de la lesión que observaron y atendieron, supuesto que el lesionado estuvo bajo su cuidado.
Precedentes
Amparo penal directo 3592/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 de mayo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.