Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/294457
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294457
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 764
JUEGOS PROHIBIDOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 764
Tratándose del delito previsto en la fracción II del artículo 13 de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, debió cuidarse de deslindar la participación concreta que a cada detenido se le atribuía, esto es, si todos o sólo algunos jugaban; quienes eran espectadores; quienes tenían la dirección del juego, etc., porque como la responsabilidad es personal tales datos resultaban indispensables para su correcta individualización.
Precedentes
Amparo penal directo 4842/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.