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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294464
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 775
LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 775
Si el sitio a la casa del reo no tuvo por objeto herirlo o matarlo, sino aprehenderlo por un delito flagrante, y el inicio el tiroteo, no existió legítima defensa, ni se configuró una riña, porque a la contienda resultante de sitiar la casa del reo faltaba, por parte de las autoridades aprehensoras, el "ánimus" de reñir, ya que solo iban a realizar un deber.
Precedentes
Amparo penal directo 2700/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.